El mapa fiscal del inversor español
Cuándo y cómo tributan tus inversiones: el ciclo completo, desde que compras hasta que traspasas o vendes. Cifras a fecha de redacción.
Actualizado a la normativa vigente · Última revisión: 23 de octubre de 2026
Mientras el dinero sigue dentro, Hacienda espera. Solo pagas cuando vendes, rescatas o cobras una renta. Y cuanto más tarde vendas, más tiempo trabaja para ti el dinero que habría ido a impuestos.
El viaje de tu dinero, de un vistazo
(sube o baja) No tributa
otro fondo No tributa
o vendes Aquí nace la ganancia
y pagas 19–30 % por tramos
↻ Puedes repetir mantener y traspasar tantas veces como quieras antes de vender — cada vuelta, sin tributar.
¿Cuándo pago?
Solo cuando el dinero sale: al vender, al rescatar o al cobrar una renta.
El fondo sube o baja y tú no declaras nada. La ganancia no existe para Hacienda hasta que la realiza.
Aquí nace la ganancia patrimonial: la diferencia entre lo que recibes y lo que pagaste. Es lo que tributa.
Dividendos, cupones o intereses tributan el año en que los cobras, aunque no vendas nada.
No reparte dividendos y permite traspasar entre fondos sin tributar. Puedes cambiar de fondo, o incluso de gestora, sin pasar por Hacienda: el impuesto se aplaza hasta que reembolses de verdad.
Ver cuánto vale ese aplazamiento →¿Cuánto pago?
Tus ganancias van a la «base del ahorro», que tiene su propia escala por tramos.
La base del ahorro es independiente de tu nómina: tiene tramos propios que van del 19 % al 30 %. Y funciona por tramos, no de golpe: si ganas 60.000 €, no pagas el 23 % de todo, sino 19 % de los primeros 6.000, 21 % de los siguientes 44.000 y 23 % del resto.
Tipos totales (estatal + autonómico) de la base del ahorro en 2026. Son los mismos en toda España salvo en País Vasco y Navarra, que tienen su propia escala.
¿Y si pierdo dinero?
Las pérdidas restan de las ganancias y lo que sobra se guarda cuatro años, salvo que recompre demasiado pronto.
Si la pérdida supera la ganancia, el exceso puede restar de tus dividendos e intereses, pero solo hasta el 25 % de ellos. Lo que aún sobre se arrastra a los cuatro ejercicios siguientes: no se pierde, se guarda.
Si vendes con pérdidas y compras valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores (acciones, ETF y demás valores cotizados), o en el año anterior o posterior (participaciones de fondos de inversión y otros valores no cotizados), Hacienda congela esa pérdida: no la puedes usar hasta que te deshagas de la nueva posición. Es el error que arruina la llamada «venta fiscal» de diciembre.
Con fondos, lo habitual es traspasar en lugar de vender, y el traspaso no genera pérdida que declarar. En el ejemplo del libro, esa diferencia suma 47.000 € en treinta años.
¿Qué se considera vendido?
Lo primero que compraste es lo primero que vendes. Es la regla FIFO.
Vendes 100 acciones. Aunque pienses que vendes las caras, Hacienda calcula la ganancia sobre las de 10 €: First In, First Out. Conviene saberlo antes de vender, porque cambia la factura.
Cada producto, uno a uno
La misma pregunta aplicada a los ocho vehículos más habituales.
| Vehículo | Mientras lo tienes | Rentas que reparte | Al vender o rescatar | ¿Traspaso sin tributar? | Retención |
|---|---|---|---|---|---|
| Fondo indexadode acumulación | No tributa | No reparte: se reinvierte | Ahorro, 19–30 % | SI | 19 % al reembolsar |
| ETFespañoles o de la UE | No tributa | Dividendos: al ahorro | Ahorro, 19–30 % | NO | Sin retención en la venta |
| Accionesespañolas o de la UE | No tributa | Dividendos: al ahorro | Ahorro, 19–30 % | NO | 19 % sobre dividendos |
| Bonos y letraspúblicos y privados | No tributa | Cupones: al ahorro | Ahorro, 19–30 % | NO | Cupones de renta fija privada: 19 %; Letras del Tesoro: sin retención |
| Depósitos y cuentasa plazo o remuneradas | No tributa | Intereses: al ahorro | No aplica | NO | 19 % sobre intereses |
| Plan de pensionesy EPSV | No tributa | No reparte | Base general: como salario (EPSV del País Vasco: desde 2026, la parte de rentabilidad va a la base del ahorro) | Solo entre planes | Retención de IRPF según tu situación, como en una nómina |
| Inmueblealquilado | IBI y gastos | Alquiler: base general | Ganancia en el ahorro (IRPF) + plusvalía municipal (impuesto local) | NO | 19 % si el arrendatario es empresa o profesional |
| Criptoactivos | No tributa | No reparte | Ahorro, también al permutar | NO | Sin retención |
«Ahorro, 19–30 %» significa que va a la base del ahorro del paso 2. «Base general» significa que se suma a tu nómina y tributa a tu tipo marginal, que puede ser bastante más alto.
Tres casos que conviene vigilar
Con Interactive Brokers, Trade Republic, DEGIRO y similares, la responsabilidad recae más en ti:
- A menudo no practican retención: nadie adelanta el impuesto por ti
- Modelo 720 si, en alguna categoría (cuentas, valores o inmuebles), tus bienes en el extranjero superan 50.000 € a 31 de diciembre
- Modelo 721 si tus criptomonedas custodiadas fuera de España superan 50.000 €
- La declaración de la Renta la cumplimentas tú, sin datos fiscales precargados
Depende en gran medida de tu comunidad autónoma, así que no hay una respuesta única.
- Ejemplo: la Comunidad de Madrid aplica una bonificación general del 100 %
- Aun así puede subsistir la obligación de presentar la declaración (por ejemplo, si tus bienes superan los 2 millones de euros)
- El capítulo 19 detalla también Sucesiones y Donaciones, comunidad por comunidad — puedes calcular tu caso en la calculadora de herencia por comunidad autónoma
En un matrimonio en gananciales, la ganancia se atribuye por mitad a cada cónyuge salvo que se justifique otra cuota:
- Cada cónyuge declara la mitad de la ganancia
- Con declaración individual, cada cónyuge aplica su propia escala del ahorro: dos escaleras en vez de una (en declaración conjunta, no)
- Puede suponer tributar a un tipo más bajo que declarándolo todo a un único titular
Reproducción ampliada del Gráfico 8.7 del libro (cierre del capítulo 8). Mapa orientativo y divulgativo, no asesoramiento fiscal: la normativa cambia y varía según la comunidad autónoma. Para tu factura concreta usa la calculadora de plusvalías.
Calcula tu caso
Las herramientas dan el número. El libro explica el porqué.
El mapa fiscal es el gráfico 8.8 del libro. El libro desarrolla la lógica de cada cálculo, la fiscalidad española paso a paso y qué hacer cuando el mercado se pone en contra.
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