En España, traspasar tu dinero de un fondo a otro (o de una gestora a otra) no genera ninguna ganancia patrimonial a efectos fiscales (art. 94 LIRPF), siempre que sea un traspaso real entre fondos de inversión, no un reembolso en efectivo seguido de una nueva compra. El trámite lo inicia siempre la entidad de destino, nunca la de origen.
Los pasos
Antes de pedir nada a tu banco actual, crea la cuenta en MyInvestor, Indexa Capital o la plataforma que hayas elegido. Necesitarás tu DNI y algunos datos personales — el proceso de alta suele tardar minutos.
No se lo pides a tu banco de origen: se lo pides a la entidad nueva, indicando el fondo o fondos que quieres traspasar y desde qué entidad los tienes. Ellos generan la orden y la envían a tu banco actual — tú no tienes que negociar directamente con tu banco de origen.
Existe un plazo normativo máximo para que la entidad de origen complete el traspaso una vez recibida la orden correctamente. Si tu banco tarda más de lo razonable, puedes reclamar formalmente — verifica el plazo vigente en el momento de hacer el traspaso, ya que la normativa puede actualizarse.
No todos los fondos están disponibles en todas las plataformas. Si tu fondo actual no existe en MyInvestor o Indexa, el traspaso puede hacerse hacia un fondo equivalente (mismo índice, gestora distinta) — confírmalo antes de iniciar el trámite para no llevarte sorpresas.
Una vez completado, revisa en la nueva plataforma que las participaciones han llegado con la fecha de compra original conservada (importante para el cálculo de plusvalías futuras) y que el importe coincide con lo esperado.
Las trabas más habituales
- Retrasos "administrativos" injustificados — algunos bancos tradicionales alargan el trámite más allá del plazo normativo, especialmente si sospechan que te vas a la competencia. Documenta fechas y, si se pasa el plazo legal, presenta una reclamación formal.
- Llamadas de retención — es habitual que tu banco de origen te llame para "confirmar" el traspaso y aprovechar para ofrecerte alternativas o pedirte que reconsideres. No es obligatorio atenderlas para que el traspaso siga su curso.
- Fondos "propios" del banco sin equivalente exacto — si tenías un fondo mixto o de gestión activa exclusivo de tu banco, puede no existir un equivalente 1:1 en la plataforma indexada. En ese caso, decide conscientemente a qué fondo indexado quieres migrar en vez de asumir uno automático.
Preguntas frecuentes
¿Puedo traspasar solo una parte de mi cartera?
Sí. Puedes traspasar el fondo completo o parte de tus participaciones, según lo que soliciten en la orden de traspaso. No hace falta moverlo todo de golpe.
¿El traspaso desde un ETF a un fondo también está exento de tributar?
No. El art. 94 LIRPF aplica a traspasos entre fondos de inversión. Un ETF se trata fiscalmente como una acción: venderlo genera una ganancia o pérdida patrimonial que tributa en el momento de la venta, sin posibilidad de traspaso exento.
¿Cuánto tarda un traspaso en la práctica?
Depende de la entidad de origen y de si hay complicaciones administrativas. Existe un plazo normativo máximo, pero en la práctica varía; si tu banco se demora sin motivo aparente, puedes reclamar formalmente citando ese plazo.
¿Pierdo la antigüedad fiscal de mi inversión al traspasarla?
No debería perderse: la fecha de adquisición original se conserva a efectos de cálculo de la ganancia patrimonial futura. Verifica en la nueva plataforma que la fecha de compra original aparece correctamente reflejada tras el traspaso.
